Enemigos invisibles, campos de muerte. Las minas antipersonal
por Lucía Alonso Ollacarizqueta
Informe del Centro de Investigación para la Paz (Madrid) y del Seminario de Investigación para la Paz (Zaragoza)
La Conferencia de Revisión (25 de septiembre al 13 de octubre de 1995) de la Convención sobre prohibiciones o restricciones en el uso de ciertas armas convencionales que puedan considerarse excesivamente dañinas o de efectos indiscriminados es un paso significativo en las políticas internacionales de desarme.
Las reuniones preparatorias para la revisión de dicho convenio, que se iniciaron a finales de 1993, y las campañas emprendidas a principios de los años 90 por diversas instituciones, han fomentado un gran debate público entorno al uso, comercio y fabricación de las minas terrestres, especialmente de las minas contra personal o minas antipersonal.
Diversas investigaciones han puesto de relieve las nefastas consecuencias que conlleva el uso de estas armas, cuyos efectos no se restringen al tiempo de guerra. Las minas, una vez sembradas, permanecen activas durante décadas, se convierten en un peligro para la población civil y obstaculizan la recuperación económica de la zona afectada. Por ello, los detractores de estos ingenios abogan por la prohibición completa.
Desde el punto de vista militar, las minas tienen una gran utilidad táctica, además de su bajo coste. Los defensores de su empleo alegan que, si se cumplen las normas establecidas en la Convención, entre otras la señalización cartográfica de los campos de minas, no existen riesgos para la población civil una vez concluido el conflicto. Además, consideran que la solución al problema no es vedar las minas, sino establecer un marco jurídico internacional que regule adecuadamente su uso.
El presente informe ofrece una concisa exposición sobre aspectos teóricos y prácticos que configuran el debate acerca del empleo de las minas.